CATEGORIZACIÓN PYME: NUEVOS LÍMITES DE VENTAS TOTALES ANUALES.

La nueva clasificación eleva los límites de facturación anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores.

La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción de la Nación estableció nuevos límites en los niveles de ventas totales anuales para la pertenencia al segmento de las Pequeñas y Medianas Empresas.

Como Autoridad de Aplicación, la Secretaría se ocupa de revisar anualmente la definición de las PyMEs a fin de actualizar los parámetros contemplados en la definición adoptada. La última adecuación de los valores máximos de ventas totales anuales para cada una de las categorías de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue en marzo de 2016.

En consecuencia, serán consideradas en la categoría las firmas con máximos de ventas anuales de $230 millones en el Sector Agropecuario; $760 millones en Industria y Minería; $900 millones en Comercio; $250 millones en Servicios y $360 millones en Construcción.

Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones. Las PyMEs deben inscribirse por Internet en el Registro PyME   www.afip.gob.ar/pymes